lunes, 8 de septiembre de 2008

Se acabaron las ofertas


• La difusión de una promoción dependerá de la autorización de institutos comunales. • Denuncian que Ley de Acceso a Bienes perjudica al consumidor.

La Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios genera reacciones encontradas. Para el presidente del Indepabis, Eduardo Samán, es positiva porque establece que toda la promoción publicitaria debe ser autorizada por el instituto antes de ser difundida, lo que protege al consumidor; mientras que para Fernán Frías, director de la junta directiva de ARS, se trata de una norma subjetiva y susceptible a cualquier tipo de interpretación. Y para el asesor jurídico de la Asociación Nacional de Anunciantes, Juan Manuel Raffalli, es una ley que perjudica a los consumidores "porque son ellos los que se quedarán sin el 2x1".

A juicio de Frías, todo lo que el Indepabis considere –en materia de publicidad y promoción– que conduce al engaño, será objeto de regulación. Agregó que se trata de una norma ambigua en la que se confunden y mezclan los conceptos de publicidad y promoción.

A propósito del carácter impreciso de la normativa, Frías se refirió al último apartado del artículo 57 (que establece los elementos que se tomarán en cuenta a la hora de determinar si una publicidad es engañosa), el cual expresa: "Y cualquier otro dato sobre el producto o servicio".

Samán también reconoce imprecisiones en la ley. A propósito de que si la norma incluye sanciones a las agencias de publicidad y medios que elaboren y transmitan, respectivamente, una promoción que infrinja la ley, el presidente de Indepabis manifestó que la normativa no es específica: "Debemos esperar el reglamento, que será más específico. Los abogados nos dirán, yo creo que la sanción sólo será para el anunciante".

Aclaró que las promociones ("y todo lo demás que establece el artículo 61") sí deben ser autorizadas por Indepabis, y que los comerciales no. Sin embargo, señaló que si después de estar al aire la pieza publicitaria consideran que viola la ley, sí habrá sanción.

En el artículo 130 de la norma se establece que quienes incumplan, entre otros artículos el 61, deberán cancelar una multa que va desde 100 a 5.000 unidades tributarias. Cada UT equivale a 46 bolívares fuertes.

Discrecional.
"Dependerá del funcionario que analice las promociones su autorización", afirmó Fernán Frías. A juicio del abogado Juan Manuel Raffalli, el punto de las promociones es uno de los que más genera ruido en el sector porque se cambia de un régimen participativo a uno autorizatorio y discrecional.

"Se burocratiza el mecanismo de hacer ofertas, lo que seguramente generará que los anunciantes se inhiban de realizar promociones. Indudablemente, con esta disminución el principal perjudicado será el consumidor. Faltan tres semanas para que comiencen las clases y la actividad publicitaria está paralizada, no ha hecho nada", señaló el asesor de ANDA.

Eduardo Samán indicó que la Dirección de Educación y Promoción es el departamento que evaluará las promociones: "Se trata de un equipo multidisciplinario de cuatro personas en el que hay educadores, sociólogos y licenciados en Letras. Estamos trabajando duro para que no se nos acumule el trabajo. Sólo tenemos cinco días para dar respuesta".

Nadiolys Mora, la directora del departamento, sostuvo que al equipo se le dificulta atender todas las solicitudes de autorización. Desde que entró en vigencia la ley Indepabis ha recibido 414 promociones para analizar. "En su gran mayoría se trata de publicidades subliminales, que incitar al consumo, por lo que no la aprobamos y les notificamos a cada anunciante cuáles son los elementos por los que las devolvemos", apuntó.

A juicio de Raffalli, Indepabis no tiene la capacidad instalada en recursos humanos para atender la cantidad de promociones que se ofrecen en Venezuela. "Esto también incidirá en la inhibición de los anunciantes y, por ende, el máximo afectado será el consumidor que tendrá menos opciones de ofertas".

El Nacional Carmen Sofía Alfonso A.
http://www.megaresistencia.com/portada/content/view/3200/1/


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