A continuación unos enlaces externos a las Gacetas Oficiales de los 26 Decretos con Rango y Fuerza de Ley, aprobados por el presidente Chávez el último día de la Ley Habilitante. Cortesía de Noticiero Digital
Gaceta Oficial # 5889:
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- Ley de Turismo
- Ley de Transporte Ferroviario
- Ley de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
- Ley del Régimen Prestacional de Vivienda
- Ley de Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios
Gaceta Oficial #5890:
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- Ley de los Espacios Acuáticos
- Ley de Recursos Excedentarios
- Ley de Salud Agrícola Integral
- Ley de Fomento y Desarrollo de la Economía Popular
- Ley del Bandes
- Ley de Supresión y Liquidación de FONCREI
- Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Social
- Ley de la Administración Pública
- Reestructuración del INAVI
- Ley de Crédito para el Sector Agrario
Gaceta Oficial # 5891:
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- Ley de Canalización y Mantenimiento de las Vías de Navegación
- Ley de la Administración Financiera del Sector Público
- Ley de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana
- Ley de Beneficios y Facilidades de Pago de Rubros Estratégicos de Alimentación
- Ley del Banco Agrícola de Venezuela
- Ley de Seguridad Social
- Ley del Seguro Social
- Ley de Simplificación de Trámites Administrativos
Gaceta Oficial #5892:
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- Ley del INAVI
- Ley de la Procuradoría General de la República
- Ley de Bancos y Otras Instituciones Financieras
Fuente: De Libre Opinión Política
http://delibreopinionpolitica.blogspot.com/2008/08/continuacin-unos-enlaces-externos-las.html
Investigadores advierten que los 26 decretos no existen
Afirman que no publicación de las leyes antes del 1 de agosto las invalida
De "inexistentes", así calificó el Centro de Investigaciones Económicas a los 26 decretos ley dictados por el presidente Hugo Chávez en uso de los poderes especiales que le otorgó la Asamblea Nacional a principios de 2007. La razón: "No se publicaron los decretos con fuerza y rango de ley en el plazo estipulado por la Ley Habilitante (antes del 31 de julio)". Para la organización, el hecho de que el Gobierno anunciara simplemente los instrumentos e informara que en las próximas horas serían difundidos los textos en otra Gaceta Oficial Extraordinaria no se puede considerar como la publicación de las normas.
El Centro también acusó al Ejecutivo nacional de violar el artículo 211 de la Constitución de 1999, el cual obliga a consultar con la ciudadanía todo tipo de ley. "Lo que la Carta Magna ordena para la Asamblea Nacional, con mayor razón debe ser cumplido por el legislador unipersonal", sentenció el grupo.
Críticas desde el Zulia
El candidato a la Gobernación del Zulia por el partido Un Nuevo Tiempo, Pablo Pérez, acusó al jefe de Estado de legislar de "espaldas al pueblo", al no consultar ninguno de los 63 instrumentos que aprobó vía habilitante.
"Ahora quieren aplicar algunas cosas que fueron negadas por el pueblo venezolano (en el referendo sobre la reforma constitucional del 2 de diciembre)", afirmó Pérez.
En similares términos se pronunció la precandidata a la Alcaldía de Chacao por UNT, Liliana Hernández, quien calificó de "grosería" el hecho de que el Ejecutivo no difundiera el contenido íntegro de las normas dictadas.
El Universal
http://www.megaresistencia.com/portada/content/view/2912/1/
La Violación de la República
Como un irónico tributo ante el altar de la diosa "Democracia Participativa" debe ser considerada la promulgación, por parte de Chacumbele, de 26 decretos con fuerza de ley, dentro del marco de la Ley Habilitante. Nadie supo nada de ellos con anticipación, nadie debatió sobre sus contenidos y ni siquiera hoy sería posible hacerlo porque nadie conoce los textos de las leyes, que no han sido publicados. Es el colmo de los colmos. Un verdadero acto de piratería, en todas las acepciones del término.
venezuelaCríticas desde el Zulia
El candidato a la Gobernación del Zulia por el partido Un Nuevo Tiempo, Pablo Pérez, acusó al jefe de Estado de legislar de "espaldas al pueblo", al no consultar ninguno de los 63 instrumentos que aprobó vía habilitante.
"Ahora quieren aplicar algunas cosas que fueron negadas por el pueblo venezolano (en el referendo sobre la reforma constitucional del 2 de diciembre)", afirmó Pérez.
En similares términos se pronunció la precandidata a la Alcaldía de Chacao por UNT, Liliana Hernández, quien calificó de "grosería" el hecho de que el Ejecutivo no difundiera el contenido íntegro de las normas dictadas.
El Universal
http://www.megaresistencia.com/portada/content/view/2912/1/
La Violación de la República
¿Se lo vamos a permitir?
Como un irónico tributo ante el altar de la diosa "Democracia Participativa" debe ser considerada la promulgación, por parte de Chacumbele, de 26 decretos con fuerza de ley, dentro del marco de la Ley Habilitante. Nadie supo nada de ellos con anticipación, nadie debatió sobre sus contenidos y ni siquiera hoy sería posible hacerlo porque nadie conoce los textos de las leyes, que no han sido publicados. Es el colmo de los colmos. Un verdadero acto de piratería, en todas las acepciones del término.
Desde la coloquial venezolana, que denomina "piratería" toda acción improvisada, carente de sustentación en cualesquiera sean las reglas de juego, por lo general abusiva y aventurera hasta la del diccionario: robo o destrucción de bienes ajenos, acción clandestina y no autorizada. Todas las reglas procedimentales para la elaboración y promulgación de leyes han sido violentadas por este sátrapa en que se viene convirtiendo cada vez a mayor velocidad Hugo Chávez.
Lo de los procedimientos no es irrelevante. Todo lo contrario. En la democracia las formas constituyen parte íntima del fondo de las cosas. Cuando se violentan las formas se violenta el fondo.
Una ley no puede ser promulgada en secreto; tiene que ser conocida antes de su entrada en vigencia y debe ser debatida tanto por la opinión pública (sobre todo si hablamos de "democracia participativa" ) y por el parlamento. La Ley Habilitante no excusa a la Asamblea Nacional de conocer y aprobar las leyes que el Ejecutivo presenta dentro del marco de aquella.
Incluso si, como en nuestro caso, el presidente tiene la absoluta seguridad de que un parlamento abyecto, como la actual AN, le garantiza la aprobación de cualquier capricho, la formalidad de llevar las leyes a su seno no debe ser obviada. Ni siquiera el desprecio absoluto que Chacumbele siente por la bancada servil y adulante del PSUV lo autoriza a soslayar el trámite parlamentario. De las 26 leyes la única que medio se conoce es la que reforma la Ley de la FAN.
Esta reforma es completamente inconstitucional. Una ley no puede pasar por encima de la Constitución. Una ley no puede cambiar el nombre de la institución castrense, que en la Constitución es el de Fuerza Armada Nacional. El cognomento de "Bolivariana" es absolutamente contrario al texto magno, como lo es la creación por ley de la Milicia Bolivariana, porque la Constitución reconoce sólo cuatro componentes de la FAN y no cinco. Lo que Chacumbele está haciendo es ir a contrapelo del voto que rechazó la reforma constitucional, donde se planteaban precisamente estos cambios en relación a la FAN. Hugo Chávez está tratando de violar a la República. ¿Se lo vamos a permitir?
TalCual
Teodoro Petkoff
http://www.megaresistencia.com/portada/content/view/2913/1/
Lo de los procedimientos no es irrelevante. Todo lo contrario. En la democracia las formas constituyen parte íntima del fondo de las cosas. Cuando se violentan las formas se violenta el fondo.
Una ley no puede ser promulgada en secreto; tiene que ser conocida antes de su entrada en vigencia y debe ser debatida tanto por la opinión pública (sobre todo si hablamos de "democracia participativa" ) y por el parlamento. La Ley Habilitante no excusa a la Asamblea Nacional de conocer y aprobar las leyes que el Ejecutivo presenta dentro del marco de aquella.
Incluso si, como en nuestro caso, el presidente tiene la absoluta seguridad de que un parlamento abyecto, como la actual AN, le garantiza la aprobación de cualquier capricho, la formalidad de llevar las leyes a su seno no debe ser obviada. Ni siquiera el desprecio absoluto que Chacumbele siente por la bancada servil y adulante del PSUV lo autoriza a soslayar el trámite parlamentario. De las 26 leyes la única que medio se conoce es la que reforma la Ley de la FAN.
Esta reforma es completamente inconstitucional. Una ley no puede pasar por encima de la Constitución. Una ley no puede cambiar el nombre de la institución castrense, que en la Constitución es el de Fuerza Armada Nacional. El cognomento de "Bolivariana" es absolutamente contrario al texto magno, como lo es la creación por ley de la Milicia Bolivariana, porque la Constitución reconoce sólo cuatro componentes de la FAN y no cinco. Lo que Chacumbele está haciendo es ir a contrapelo del voto que rechazó la reforma constitucional, donde se planteaban precisamente estos cambios en relación a la FAN. Hugo Chávez está tratando de violar a la República. ¿Se lo vamos a permitir?
TalCual
Teodoro Petkoff
http://www.megaresistencia.com/portada/content/view/2913/1/
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1 comentario:
Pero que de noticias nos toca. Hoy, me parecieron muy contundentes las declaraciones del presidente de Fedecámaras. En la entrada enlacé los descargables de los artículos.
Un abrazo, Martha
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