sábado, 1 de septiembre de 2007

La ilegitima Reforma Constitucional y la Confiscación de la República



COMANDO NACIONAL DE LA RESISTENCIA

La ilegitima Reforma Constitucional y la Confiscación de la República

VOCERO: HERMANN ESCARRÁ
1º DE SEPTIEMBRE DE 2007

1.- El proyecto ilegitimo de Reforma Constitucional presentado por el teniente Coronel Chávez a la Asamblea Nacional espuria y apócrifa, constituye un Golpe de Estado a la Democracia y a la Constitución de 1999, que activa el artículo 333 constitucional al señalar que “esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella. En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia” (es lo que la doctrina interpretativa de la Sala Constitucional del TSJ en la sentencia primera sobre el 350, llama deber ciudadano de restauración democrática, y que nosotros llamamos insurrección ciudadana).

2.- La confiscación de la República se produce porque se trata de un proyecto contra la Democracia, cuyas características son: la continuidad presidencial; la militarización de todo el territorio de la República; la llamada geometría del poder que se constituye en el centralismo de Estado; exacerbación de los poderes presidenciales para consolidar la autocracia cesarista; proceso de destrucción de la sociedad democrática con modificación de las relaciones de producción en una etapa de transición eliminando libertades fundamentales como la libertad de trabajo y colocando de manera residual el derecho de propiedad, dándole primacía a la propiedad colectiva del Estado; confiscación de la soberanía popular mediante el sistema fáctico de plebiscito; institucionalización del socialismo de Estado autoritario como modelo ideológico; sustitución de la doctrina militar democrática por el milicianismo chavista; nueva organización político administrativa debilitando las formas democráticas locales y regionales mediante un gobierno y estructura paralelo: la del poder comunal; imposición del poder político, económico, social y militar creando una nueva estructura político territorial dándole prioridad al interés geopolítico sobre el interés ciudadano y popular; el poder popular y el poder comunal son formas organizadas de la autocracia para controlar la expresión plural de la soberanía del pueblo; como todo Estado autoritario y autocrático concibe la política exterior como “la inclusión de la estrategia de guerra asimétrica como técnica existente en la defensa y seguridad del Estado”; aumento de control social y político del país y sustitución por un modelo económico de control personal y discrecional del Jefe del Estado (todas estas afirmaciones se deducen directamente de la exposición de motivos del proyecto presidencial, página 1 a 50)

3.- El Presidente de la República en su afán totalitario, ahora tendría nuevas competencias (de acuerdo al proyecto ilegitimo de Reforma Constitucional) que supera las competencias presidenciales de la Constitución de 1953 de la dictadura Pérez Jimenista, superan las correspondientes de la dictadura Gomecista, en cualquiera de las siete reformas. En efecto: El nuevo poder presidencial ahora puede:

•El presidente podrá decretar regiones militares en cualquier parte del territorio nacional (artículo 11)

•La ciudad comunal es creada mediante referéndum que solo convoca el Presidente de la República (artículo 16)


•El Presidente podrá crear mediante decreto, provincias federales, ciudades federales en uno o más Municipios sin perjuicio de los estados a que pertenezcan, y cualquier otra entidad conforme a la Ley.

•A través del poder nacional se designarán las autoridades respectivas de las organizaciones mencionadas.

•El Presidente controla las misiones mediante reglamentos organizativos y funcionales (artículo 141)

•Ahora el Chávez presidiría el Consejo Federal de Gobierno, y solo puede convocarlo él (artículo 185)

•Chávez ahora nombra todos los vicepresidentes, incluso los territoriales, debilitando la soberanía de los estados y también establece el número de ellos que estime necesario (artículo 225)

•Ahora Chávez dirigiría la acción del Estado; la acción de gobierno; las administraciones públicas, y coordinaría los poderes públicos nacionales (artículo 236)

•Chávez crearía directamente las provincias federales, territorios federales y/o ciudades federales (artículo 236)

•Chávez dirige las relaciones exteriores y también dirigiría la política internacional (con lo cual desaparece la política exterior de Estado para convertirse en una política personal)

•Comanda la Fuerza Armada Bolivariana, es su Comandante en Jefe y suprema autoridad jerárquica en todo sus cuerpos, componentes y unidades, y determina su contingente.

•Chávez ahora promovería a los oficiales en todos los grados y jerarquías y les designaría los cargos correspondientes, con lo que fortalece el carácter personalista y no profesional de la Fuerza Armada.

•Chávez ahora, en la función de administrar la Hacienda Pública Nacional, establece y regula la política monetaria; ejerce las competencias monetarias del poder nacional (artículo 318)

•Chávez formularía y ejecutaría la política monetaria, política cambiaria, regularía la moneda y el crédito y fijación de las tasas de interés en función compartida con un Banco Central de Venezuela sin autonomía (artículo 318)

•Chávez administraría y dirigiría las reservas internacionales y al final de cada año establecería el nivel de las “Reservas Necesarias” y el monto de las reservas excedentarias, y podrá destinar las reservas excedentarias a diversos tipos de inversión y al desarrollo socialista de la nación, con un Banco Central sin autonomía (artículo 321)

•Puede disolver la Asamblea Nacional

•Preside el Consejo de Defensa de la Nación

•Ahora presidiría el Consejo de Estado y lo conformarían las personas que para las consultas el presidente considere necesario (artículo 252)

•Es comandante en Jefe de los cuerpos de tierra, mar y aire, de la Guardia Territorial y de la Milicia Popular Bolivariana y sus unidades (artículo 329)

•(El cual corrigió junto con la disposición transitoria, reincorporando por ahora a la Guardia Nacional)

Este autócrata es el que propone modificar el artículo 230 constitucional para aumentar el período presidencial a 7 años con reelección indefinida para consolidar lo que ellos, en la página 5 en la exposición de motivos, llaman “la continuidad presidencial”



¿QUÉ HACER?

-El Comando Nacional de la Resistencia no cohonestará con el Referéndum este Golpe de Estado Orgánico a la Constitución y la Democracia (la única excepción a esta política es que el Referéndum sea manual y con un Consejo Electoral elegido por los ciudadanos).

-El Comando Nacional de la Resistencia no solicitará derechos de palabra ante el poder deslegitimado; el único derecho de palabra que ejercemos y ejerceremos es en las Asambleas del Pueblo y de los Ciudadanos, en las marchas, en las concentraciones, con la ayuda de los medios de comunicación social autónomos, y fundamentalmente, ante el único titular del poder constituyente que es el pueblo de Venezuela.

-Debemos fortalecer el poder democrático en la familia, la vecindad, el barrio, la organización religiosa, la asociación cultural, el sindicato, los partidos políticos de oposición, los sindicatos, las ligas de campesinos, los frentes de las mujeres y las instituciones con vocación por la libertad.

-Debemos fortalecer a la población oprimida y excluida, y luchar por sus reivindicaciones creando consciencia con el ejemplo de lo que es resistencia activa.

-Fortalecer los grupos sociales independientes en el barrio, en la cuadra, en el edificio, alrededor del abasto, el supermercado, la plaza, los colegios, los lugares de encuentro del pueblo para ampliar una poderosa fuerza militante y plural no partidista de resistencia interna.

-Crear núcleos entre 5 y 15 personas para estudiar el porqué debe rechazarse la ilegítima reforma constitucional, y establecer aún más efectivamente, los niveles de comunicación para el plan estratégico de liberación y su ejecución.

-Ejercer las libertades y derechos democráticos en todas las instancias, independientemente de la decisión de los acólitos del régimen instalados en las estructuras de los poderes públicos.

-Preparar la gran marcha, la gran movilización nacional, de todo el país, para impedir la desaparición de la República, y saber que esa marcha debe darse la última semana del mes de Octubre o la primera semana del mes de Noviembre.

-Las redes de protesta en el barrio, en la cuadra, en los edificios, en todas las agrupaciones humanas son fundamentales e indispensables.

¡Ni un paso atrás, siempre adelante! ¡Comencemos ya!

Estamos cerca de la batalla decisiva!!!
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Desde cualquier lugar siempre habrá algo que hacer por nuestro País

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