Expertos recuerdan que la participación es un derecho fundamental.
¿En bloque o por separado? La manera cómo debe votarse el proyecto de reforma constitucional que el presidente Hugo Chávez impulsa no tiene por qué terminar siendo un dilema shakesperiano. La razón: Además de las consabidas propuestas lanzadas desde el oficialismo y la oposición, hay quienes han planteado una tercera vía para consultarle al pueblo.
Representantes de Ojo Electoral han propuesto a la directiva del Consejo Nacional Electoral (CNE) que agrupe por temas los 33 artículos de la Carta Magna que el jefe de Estado desea modificar.
Luis Lander, miembro de la organización no gubernamental encargada de velar por la transparencia de los procesos comiciales, explicó: "Hay planteamientos en los ámbitos económico (nuevos tipos de propiedad, reducción de la jornada laboral y fondo de estabilidad para los trabajadores por cuenta propia), militar (transformación de la Reserva en la Milicia Popular y cambios en la Guardia Nacional) o territorial (creación de los municipios federales, regiones marítimas y otras nuevas instancias de poder) que están vinculados entre sí y creemos que es mejor que el referendo podría tener no más de seis preguntas, en las que se interrogue a los ciudadanos sobre los cambios por áreas".
Cuestionó la posición del Presidente, quien sostiene que su proyecto de reforma debe votarse en bloque porque es "una propuesta integral" y que si se separa "se desvirtúa", por considerarla "exagerada".
"Nos parece que no tiene mucho que ver la jornada laboral de 36 horas semanales con la reelección presidencial indefinida. Si se aprueba una y no la otra el sentido de la propuesta no se desdibuja, porque son bastantes independientes", señaló, aunque acto seguido dejó en claro que eso no significa que respalden la proposición de los sectores de oposición que abogan por activar el mecanismo previsto en el artículo 344 de la Carta Magna, que permite que 1/3 de las modificaciones (10 de los 33 artículos a ser modificados) se consulten por separado.
"La otra propuesta, que dice hay que votar artículo por artículo, tampoco es democrática, porque una votación democrática requiere que sea razonablemente simple para el elector y para el procesamiento", señaló, al tiempo que agregó: "Un referendo donde haya muchas preguntas va a complicar enormemente el proceso tanto para el CNE, que tiene que organizar el instrumento de votación automatizado, como para el elector".
Lander señaló que mientras más preguntas haya el tiempo de votación será más largo, lo cual es un factor que influye en contra de la participación. "El elector seguramente se va a sentir apabullado y no va a asistir a los centros de votación o, por el contrario, si asiste seguramente terminará votando como si fuera en bloque, votará todo en contra o todo a favor sin hacer ninguna discriminación", dijo.
Participar es fundamentalPor su parte, el ex presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Carlos Ayala Corao, reconoció que la manera como está redactado el artículo 344 podría darle la razón al jefe del Estado, en cuanto a que es el proponente de la reforma el que decide cómo debe votarse esta iniciativa.
Sin embargo, el jurista advirtió que la interpretación que deberá realizar la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), luego de que esta semana Primero Justicia y el rector del CNE, Vicente Díaz, solicitaran un pronunciamiento, no debería ser literal sino teleológica.
"El artículo 344 no puede interpretarse aisladamente del resto del texto constitucional. El artículo debe interpretarse tomando en cuenta los principios de la Constitución. El TSJ debe considerar el artículo 6 de la Carta Magna y otras normas más que establecen que Venezuela es una democracia participativa y protagónica, por lo tanto hay que permitirle al pueblo expresarse", afirmó.
Ayala también esgrimió el dictamen del máximo juzgado que en 1999 permitió la celebración del referendo que abrió las puertas a la Constituyente, aun cuando la Constitución de 1961 no establecía esta institución. "En esa ocasión, se interpretó el artículo 4 de la Carta Magna vigente, que decía que la soberanía reside en el pueblo, quien la ejerce a través del sufragio, y se permitió la consulta, por lo que ahora podría esperarse una resolución similar", agregó.
Otro argumento que blandió para que se permita a 5% de los electores decidir si desean votar el proyecto de reforma en bloque, por artículos hasta un tercio de ellos o por temas, fue: "Como expresión del derecho humano a la participación se debe facilitar a los ciudadanos escoger cómo quieren que se celebre la consulta".
Sobre el referendo, el ex presidente de la CIDH recordó que este instrumento lo que persigue es evitar que el Parlamento asuma funciones del poder constituyente y que, por tanto, sólo podrían someterse a consulta los cambios que en realidad se enmarquen dentro de los límites que el artículo 342 constitucional fija para la reforma, pues de lo contrario se estaría incurriendo en un fraude.
"El fraude a la Constitución se entiende como la utilización del procedimiento de reforma constitucional para proceder a la creación de un nuevo régimen político, de un nuevo ordenamiento constitucional, sin alterar el sistema de legalidad establecido. Una reforma constitucional sin ningún tipo de límites, constituiría un fraude constitucional", recordó, al citar la sentencia de la Sala Constitucional con la que se resolvió el caso de "las morochas".
Por último, refutó los señalamientos presidenciales, según los cuales la reforma debe votarse en bloque, pues es una proyecto integral, afirmando: "Si es una propuesta orgánica, entonces no es una reforma, es una nueva Constitución hecha por el mecanismo incorrecto".
Juan Francisco Alonso
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